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Carcajadas políticas

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martes, 23 de junio de 2015

Gratificaciones: ¿Por qué hasta ahora no se publica la ley?

Gratificaciones: ¿Por qué hasta ahora no se publica la ley?

La ley que exonera de forma permanente los descuentos a las gratificaciones fue promulgada en el Congreso el jueves 18, pero aún no tiene vigencia pues no ha sido publicada en el diario oficial “El Peruano”.
Se esperaba que la norma se publicara el viernes 19. Sin embargo, han pasado cuatro días y el texto no aparece en el diario oficial. En diálogo con El Comercio,el Departamento de Relatoría, Agenda y Actas del Parlamento informó que mandó la autógrafa el mismo jueves a Palacio de Gobierno.
"Se envió la semana pasada [...] Es parte de un trámite legal, en Palacio de Gobierno deben colocar el número de la ley antes de que sea publicada en El Peruano. No conozco más detalles", dijeron en la referida oficina, aunque se negaron a ofrecer mayores detalles.
El ex oficial mayor del Congreso José Cevasco explicó a este Diario que es una obligación de la Secretaría General de la Presidencia enumerar todos los decretos para que en Palacio de Gobierno quede un registro oficial. Sin embargo, precisó que no es habitual que el trámite tarde tanto.
"No es normal [el tiempo transcurrido]. Es simple: colocas un número y la mandas de vuelta al Congreso y de ahí a "El Peruano". El plazo máximo que debe durar es 48 horas [...] La ley puede estar en el limbo en un plazo indeterminado, no hay un plazo establecido para publicarla, pero sería un acto de negligencia", enfatizó.
El Comercio se comunicó con el diario "El Peruano" y la respuesta fue: "No nos ha llegado esa ley ni sabemos cuándo llegará. Ya varias personas han llamado por este tema y nos han dicho [en la dirección] que les comuniquemos esto".
¿Impericia o metida de pata?

Para el congresista Víctor Andrés García Belaunde fue una "metida de pata" de la Mesa Directiva regresar la ley al Ejecutivo, pues el texto debió enviarse directamente a "El Peruano".

"No sé si con buena o mala intención se mandó la ley de gratificaciones a Palacio de Gobierno. El pretexto fue la numeración de la ley, pero no era necesario hacerlo: el número sale conforme llegan las leyes. Igual van a tener que publicarla porque es un mandato del Congreso", comentó.
En esa línea, el legislador Luis Galarreta consideró inaceptable que por cuestiones administrativas se postergue la publicación de una ley de carácter urgente. “[Creo que hay] Impericia o incapacidad del personal de la Secretaría de Palacio. Se está cuestionando y hasta cayendo en una acción de inconstitucionalidad”, declaró a Canal N.
Galarreta agregó que Ana María Solórzano quien promulgó la ley de gratificaciones en su condición de titular de la Mesa Directiva debe llamar la atención del Ejecutivo por esta demora innecesaria. “Solo queda ponerle un número y por esto se va a generar un problema constitucional”, concluyó.

Perú vs. Bolivia: día, hora y canal del duelo por cuartos


Perú vs. Bolivia: día, hora y canal del duelo por cuartos
Este miércoles empiezan los cuartos de final de laCopa América con el duelo entre Chile y Uruguay. Al día siguiente le tocará el turno a la selección peruana, que tendrá al frente a Bolivia en el Estadio Municipal Bicentenario Germán Becker (Temuco).
Perú, con la bajas de Carlos Lobatón y Josepmir Ballón por acumulación de amarillas, intentará repetir lo hecho en la Copa América del 2011, en la que llegó a semifinales de la mano de Sergio Markarián.
Sin embargo, el encuentro de este jueves (6:30 p.m. por América TV), los dirigidos por Ricardo Gareca buscarán mantener el buen nivel mostrado hasta el momento frente a Bolivia, selección que clasificó en el segundo lugar del Grupo A, tras empatar con México (0-0) y vencer a Ecuador (3-2). 
Perú, segundo del Grupo C, espera contar con Jefferson Farfán desde el vamos ante los altiplánicos. De imponerse, la selección nacional enfrentaría en semifinales al ganador del cotejo entre Chile y Uruguay.

Presidenta del Congreso asegura que estaba presupuestada la compra de billeteras para trabajadores

Ana María Solórzano, titular del Congreso
Tras conocerse que el Congreso de la República gastó más de 335 mil nuevos soles en regalos para sus trabajadores por el Día de la Madre y Día del Padre, la titular del Poder Legislativo, Ana María Solórzano, salió al frente para rechazar los cuestionamientos a estas compras.
Solórzano sostuvo que este monto estaba autorizado y presupuestado con anterioridad, por lo que no se puede hablar de un derroche de dinero ni un destape, porque la información es pública y transparente.
Sin embargo, uno de los cuestionamientos a esta compra, más allá del monto de dinero, es que se realizó por contratación directa, sin concurso público.  Ante ello, Solórzanogarantizó que cuenta con la documentación que respalda que esta compra cumple a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado.
"El Congreso, como un Poder del Estado, tiene su presupuesto para planillas, para este tipo de eventos, también para los salarios, y sí está presupuestado, yo no lo considero ningún  derroche", afirmó la legisladora en declaraciones a Canal N.
En opinión de Solórzano, era “discriminatorio” que antes se le regale a algunos trabajadores billeteras, mientras a otros solo flores y objetos con valor inferior a los 20 nuevos soles, por lo que se decidió incluir la compra de billeteras de la marca Renzo Costa y chocolates en el presupuesto.
La titular del Congreso detalle que los obsequios se entregaron a los 1295 trabajadores que son padres y a las 850 que son madres. 
En tanto, los funcionarios administrativos respaldaron la compra de estos obsequios. El director administrativo, Fermín Velásquez, sostuvo que el Congreso no se ha salido del presupuesto con esta compra. 


FUENTE: DIARIO LA REPÚBLICA

viernes, 19 de junio de 2015

BASURA ADORNA FRONTERA DE CASAS EN MARIATEGUI


Los vecinos de Mariategui vienen reclamando que las autoridades se acuerden de ellos, y les envíen al camión recolector de basura, ya que tiene varios dias que no pasa dicho vehiculo, y las bolsas de basura están adornando las fronteras de las viviendas. 



Muchos de estas personas, ante la imposibilidad de seguir teniendo las bolsas de basura frente a su casa, optan por echarlo a las riveras del río Huaura, convirtiendo esta zona en un foco infeccioso, afectando en la mayoría de veces a los menores y ancianos habitantes de Mariategui.





A la vez hicieron incapie que son personas que durante la campaña, fueron ellos quienes apoyaron a viva voz al hoy alcalde, quien les prometió apoyarlos en temas tan importes como el abastecimiento de agua, apoyo que hasta la actualidad no son de beneficio de las personas de este lugar. Nos hicieron conocer también que el liquido elemento les llega dejando un día y solo por las tardes. 

Eliminación de descuentos a gratificaciones no es inconstitucional

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El argumento que se ha esgrimido para sostener que la norma aprobada sería inconstitucional es que los congresistas no tienen iniciativa de gasto, según reza el artículo 70 de nuestra Constitución. En otras palabras, de acuerdo a los representantes del gobierno, dicha norma encubriría una iniciativa de gasto de los legisladores. Esta afirmación no tiene fundamento constitucional.

No lo tiene porque el artículo constitucional que se menciona se refiere a que en la elaboración de la Ley de Presupuesto, o en cualquier otra norma, los parlamentarios no pueden generar un egreso al Presupuesto de la República. El hecho es que la norma de eliminación de descuentos a las gratificaciones definitivamente no genera egresos en el Presupuesto y, además, los ingresos por contribuciones de ESSALUD no forman parte del presupuesto.

El Ministro de Economía ha alegado además que ninguna exoneración de tributos puede exceder de tres años. En definitiva este no puede ser un argumento de inconstitucionalidad, pues tal prohibición se encuentra recogida en el Código Tributario, que tiene rango legal y no constitucional; por lo tanto, se puede cambiar por una norma de igual jerarquía como el dispositivo promulgado por el Congreso.

Además de inconsistentes las alegaciones hechas por el Ejecutivo son incoherentes, pues fue el propio Ejecutivo el que planteó esta iniciativa, con la diferencia  de que su propuesta de exoneración era temporal. Curiosa manera de interpretar la Constitución. ¿Acaso cuando la propuesta de exoneración es temporal no es inconstitucional? ¿Acaso el carácter transitorio de la norma la salvaba del defecto de inconstitucionalidad? Desde una recta interpretación no hay manera de sostener que la norma es inconstitucional. Tal vez pueda cuestionarse que con esta exoneración ESSALUD va a tener problemas financieros y se hará más difícil que cumpla sus funciones, pero esto nada tiene que ver con la supuesta inconstitucionalidad de la norma.

Según las cifras y datos que se han dado en este debate, el problema de ESSALUD parece ser de gestión. En los últimos años ha casi duplicado su presupuesto, llegando actualmente a 9,500 millones de soles. Igual de espectacular es  el monto del gasto corriente (60 % del presupuesto)  y el incremento del número de trabajadores llegando en la actualidad a más de 50 mil, de los cuales apenas el 10% son médicos. Sin duda una mega institución como esta debería estar en manos de profesionales especializados en gerencia de servicios médicos, que estén obligados a presentar informes anuales y estándares de gestión.

¿Cuáles son los riesgos penales por conducir en estado de ebriedad?

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(Foto: El Comercio)


Por resistirse a una intervención policial y huir de la escena causando daños materiales y personales, la abogada Ana Isabel Rodríguez Salazar incurrió - bajo los efectos de 1,8 gramos-litro de alcohol en la sangre- en los delitos de abandono de personas en peligro, peligro común, lesiones y violencia y resistencia a la autoridad. Precisamente este último podría significarle una pena de cárcel no menor de ocho ni mayor de doce años.

En el caso del estado de ebriedad, es necesario que el autor que conduzca un vehículo tenga presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, en el caso de transporte particular, o mayor de 0.25 gramos-litro en el caso de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general

I. Conducción en estado de ebriedad

Como primer delito, tenemos el que regula directamente la conducción en estado de ebriedad, que se encuentra regulado en el artículo 274 del Código Penal. Aquí, se sanciona con una pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de 52 a 104 jornadas, a quien encontrándose en estado de ebriedad, conduce, opera o maniobra un vehículo motorizado.  En el caso que el autor preste servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general la pena será de 1 a 3 años o con prestación de servicios comunitarios de 60 a 140

En ambos casos, a los autores se les pondrá la pena de inhabilitación prevista en el inciso 7 del artículo 36 que consiste en la suspensión, cancelación o incapacidad definitiva para obtener autorización para conducir cualquier tipo de vehículo.

II. Homicidio culposo

El delito más grave que puede cometerse en esta circunstancia es el homicidio culposo conforme lo previsto en el tercer párrafo del artículo 111. Este ilícito penal sanciona al que, por culpa, ocasiona la muerte de una persona; en el que se prevé una pena privativa de libertad de 4 a 8 años si la muerte se comete utilizando vehículo motorizado

Asimismo, se le impone pena de inhabilitación prevista en el inciso 7. Además, de ser el caso, puede ser también de impedimento para ejercer una profesión u oficio (inciso 4) o usar armas de fuego (inciso 6).

III. Lesiones culposas

Otro delito que puede ser cometido es el de lesiones culposas previstas en el cuarto párrafo del artículo 124. En él se prevé que el que por culpa causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud, será reprimido, por acción privada, con una pena privativa de la libertad será no menor de cuatro años ni mayor de seis años si la lesión se comete utilizando vehículo motorizado con presencia de alcohol en la sangre. La pena de inhabilitación es igual a la prevista para el homicidio culposo.

IV. Resistencia o desobediencia a la autoridad

Por último, otro delito que puede cometerse es el previsto en el segundo párrafo del artículo 368 que sanciona a quien desobedezca la orden de realizarse un análisis de sangre o de otros fluidos corporales que tenga por finalidad determinar el nivel, porcentaje o ingesta de alcohol. La pena privativa de la libertad será de 6 meses a 4 años o prestación de servicios comunitarios de 70 a 140 jornadas.

Nadine Heredia será investigada por Comisión Belaunde Lossio

Nadine Heredia será investigada por Comisión Belaunde Lossio
La presidenta del Partido Nacionalista, Nadine Heredia, pasó a condición de investigada en las pesquisas que la comisión que dirige la congresista Marisol Pérez Tello (PPC-APP) realiza sobre los presuntos negocios irregulares del encarcelado empresario Martín Belaunde Lossio con el Estado.
Por unanimidad, se decidió variar la situación de Heredia Alarcón, luego de que la primera dama respondiera con evasivas a las preguntas que le formularon, cuando el viernes 29 de mayo, se presentó en calidad de testigo ante grupo.
A su salida de la sesión, los parlamentarios Yohny Lescano (AP-FA) y Segundo Tapia (Fuerza Popular) revelaron la lista completa de investigados: Martín Belaunde Lossio, Juan Carlos Rivera Ydrogo, Roxana Altuna Moreno, Jorge Bello de Real, Jorge Chang Soto, Christian Rodríguez Linares, Carlos José Fuyikawa García, Javier Vilariño García, Luis Vilariño García, Antalsis S.L., Antalsis S.L. Sucursal del Perú, Antalsis Perú S.A.C. y Nadine Heredia.
Por su parte, Tapia refirió que la inclusión como investigada deNadine Heredia obedece sus vínculos con Martín Belaunde Lossio, como los temas de "de [la empresa Todograph, las asesorías a centro capilares y estudios de palma aceitera, y los aportes al nacionalismo".
En esa línea, el parlamentario también indicó que presentó un documento para citar a Rocío Calderón Vinatea, amiga de la primera dama, para que declare como alta funcionaria del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE).
En tanto, Lescano indicó que la sindicación como investigada deNadine Heredia "no significa que sea culpable sino que se debe ahondar en las investigaciones para establecer los asuntos".
"No hay celadas, esto es una investigación objetiva. No hay ningún ensañamiento para dañar la imagen de la primera dama", anotó.
Con esta medida, la Comisión Belaunde Lossio podrá levantar el secreto bancario y la reserva tributaria de la nacionalista.
EL AUDIO DE LA SESIÓN
De acuerdo al audio de la sesión, difundido por el programa de TV “Panorama”, la esposa del presidente Ollanta Humala evitó responder de manera directa a las interrogantes planteadas por los congresistas Segundo Tapia (Fuerza Popular), Yonhy Lescano (AP-FA), entre otros.
Por ejemplo, en la grabación se escucha al fujimorista Tapia preguntarle hasta en tres oportunidades a Nadine Heredia si tiene cuentas en el extranjero o no.
“Señora presidenta [Marisol Pérez Tello] espero que esta sea la última pregunta del congresista Tapia, porque la verdad me ha parecido que ha adelantado opinión, que ha afirmado cosas fuera de lugar y del cargo que tiene esta comisión […] Estoy plenamente segura de que ustedes van a votar para que yo sea investigada, pero le voy a responder: no tengo ninguna cuenta en paraísos fiscales”, indicó.
Al ser consultada sobre los aportes que hizo Belaunde Lossio al Partido Nacionalista, la primera dama señaló que toda esa información está en el portal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). “Ahí puede ver los montos de las aportaciones”, dijo, dirigiéndose al congresista acciopopulista Yonhy Lescano.
Nadine Heredia también afirmó que fue investigada por la fiscalía en el 2009 y que como parte de esas pesquisas, su secreto bancario y tributario fueron levantamos. “Y se determinó que no hubo ninguna conducta irregular ni de lavado de activos ni ninguna otra, razón por la cual esa investigación se archivó”, añadió.